Materia:
DerechoAutor/a:
ramirohutchinsonCreada:
hace 1 añoRespuesta: Verdadero
Explicación: Cuando hablamos del objeto del proceso debemos entender que es aquello que individualiza o distingue de todo el resto de proceso, va a ser siempre la pretensión, es decir el resultado pedido en nuestra demanda, debemos recordar que la pretensión es la declaración fundamentada en un derecho que hace alusión a un acontecimiento que eventualmente tuvo relevancia jurídica, por ejemplo podemos pedir que se condene al pago de una cantidad de dinero, pero por si sola no constituye una pretensión sino que aquella debe descansar en la relación jurídica que dio origen a dicha cantidad demandada, que por ejemplo podría ser la existencia de un préstamo, pero no cualquier préstamo sino uno individualizado que da pie para el reclamo.
Autor/a:
skylerltim
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