Explicación:
El 3 de diciembre de 1989 se realizaron por primeras vez elecciones directas y universales para la elección de Gobernadores y Alcaldes. Este avance en la descentralización democrática del país, implicó un reto importante para la organización y desarrollo de los procesos electorales en Venezuela
RESUMENDE LA TESIS DOCTORAL " EL PODER ELECTORAL EN VENEZUELA. ORIGENES Y DESARROLLO.
PRESENTADA POR ANI URSE En el trabajo de investigación que ahora se presenta referente a la representación política en Venezuela, se comienza por una exposición de carácter histórico, a tal efecto, se parte del análisis del contenido de los textos constitucionales referentes al caso que nos ocupa, así como de los Códigos, leyes electorales y decretos que desarrollan dicha participación de la ciudadanía.
Es con motivo de la creación de esta Junta Suprema de Caracas, que se convocarán las primeras elecciones para la conformación de la misma, lo que se lleva a cabo mediante el "Reglamento para la elección y reunión de diputados que han de componer el Cuerpo Conservador de los Derechos del Sr. D. Fernando VII en las Provincias de Venezuela".
De esta forma se inauguraba el proceso de participación política en lo que llegaría a ser la República de Venezuela, se trata de un tipo de sufragio censitario e indirecto, tipo de sufragio, que se mantendrá en el primer texto constitucional, la Constitución de 1811, que aunque proclama el principio de soberanía popular, establece el sufragio censitario, altamente restrictivo y el sistema indirecto en diversos grados, tanto en lo referente al sufragio activo como al pasivo. De forma similar el texto de 1819, a pesar de proclamar la relación entre el principio de soberanía y las elecciones, que manifiesta es la forma de que el pueblo pueda ejercer la misma, sigue el mismo sendero, proclamando el carácter de sufragio restringido y la votación indirecta en segundo grado. Ley Fundamental de la Unión de los pueblos de Colombia de 1821, que tendría su continuación en el texto constitucional, conocido como de Cúcuta, aunque dedica gran parte de su texto al derecho electoral, el texto constitucional, que contiene un auténtico código electoral, proclama igualmente el sufragio indirecto y el carácter censitario de carácter económico, así como restricciones referentes al nivel capacitario de la ciudadanía, y de sexo. Los textos de 1830, 1857 y 1858, se manifiestan de forma